El secretario y el alguacil.


Conjuntamente con el juez conforman la estructura básica del tribunal. El secretario y el alguacil, quienes no tienen la faculta de decisión, que ostenta el juez, no obstante, vienen a ser funcionarios auxiliares fundamentales en la administración de justicia.

+El secretario
El secretario es un funcionario judicial que integra el tribunal con carácter permanente, con las facultades y deberes que les señalada la ley, para coadyuvar en la función jurisdiccional, sin inmiscuirse en la facultad de decisión del juez. El secretario del tribunal tiene múltiples atribuciones, las cuales están dispersas en distinto textos, pero la LOPJ las resume un una sola norma.

Funciones
Relacionadas directamente con la función judicial:
-El secretario actúa con el juez y suscribe los actos, resoluciones y sentencias. Suscribe también con el juez las recusaciones y las declaraciones de testigos.
-Suscribe con las partes las diligencias que formulen en el expediente, esto con la idea de descongestionar al juez de trabajo. El auto de admisión de la demanda lo suscribe el juez conjuntamente con el secretario.
-Recibe los escritos de las partes, incluidas las demandas, debiendo anotar la fecha de presentación, numero de folios y anexos. Igualmente coloca nota de recibo a la contestación de la demanda.
-Expedir las copias certificadas solicitadas por las partes de los instrumentos agregados al expediente y de los actos procesales.

Relacionadas a la organización de la administración de justicia:
-Tiene el deber de guardar el sello del tribunal, supervisar el archivo y los expedientes.
-Llevar el libro diario del tribunal donde anotara sin espacios en blanco las actuaciones diarias del tribunal, y al final del día debe firmarlo con el juez.
-Cumplir con las funciones administrativas propias de tribunal, tales como inventariar y controlar las existencias de mobiliario, biblioteca del tribunal.
-Señalar con la tablilla, a primera hora, los días en que no hay despacho o audiencia, y lo escribirá en el libro.

+El alguacil
El alguacil es un funcionario permanente del tribunal, que coadyuva con el juez y el secretario, como subalterno para la administración de justicia.
Funciones
-Practicar las citaciones y notificaciones de las partes.
-Cumplir y ejecutar las órdenes del juez y del secretario.
-Dentro del recinto del tribunal, debe cumplir las labores de orden  y seguridad.
-Su papel es importante  en la citación en la citaciones, las fechas y horas señaladas por el alguacil en las boleta hacen fe de las citaciones.

Remoción de los alguaciles y los secretarios
Al ser funcionarios de libre nombramiento y remoción, pueden ser removidos de sus cargos en virtud de la libre convicción del juez. El juez es el funcionario designado para presidir el despacho judicial, y el encargado de supervisar a los funcionarios adscritos a su despacho y debe reposar en él la faculta de removerlos.



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