El Derecho Penal



El Derecho penal
Concepto

Derecho penal es la rama del Derecho Público que regula la potestad punitiva del Estado, asociando a hechos, estrictamente determinados por la ley como fuente única del derecho, y la imposición  una pena como consecuencia jurídica.

El Derecho Penal en Sentido Objetivo.- Es el conjunto de normas jurídicas establecidas por el Estado; las cuales determinan los Delitos y las penas con que aquellos son sancionados.

Derecho Penal en Sentido Subjetivo.- Es el derecho de castigar (Ius Puniendi), Esta referido al Estado como órgano que dicta la norma; la facultad que tiene el Estado para dictar leyes penales. 

Características del derecho penal

-       Absoluto: Porque es universalmente aceptado.
-       Publico: Porque no se puede relajar por convenio entre particulares.
-  Secundario o ultima ratio: Porque es el instrumento jurídico más radical que posee la comunidad para mantener la paz.
-     Normativo: Porque está conformado por normas.
-     Valorativo: Porque valora las actuaciones de las personas.
-     Finalista: Porque su fin es establecer la paz social.
-   Fragmentario: Porque no ha de sancionar todas las conductas lesivas de los bienes que protege, sino sólo las modalidades de ataque más peligrosas para ellos.

Teniendo el derecho como un mecanismo de control social

Límites  constitucionales en un Estado social, democrático de derecho y de justicia

Principio de intervención mínima
Según este principio el Derecho Penal debe tener carácter de última ratio por parte del Estado para la protección de los bienes jurídicos y sólo para los más importantes frente a los ataques más graves.
El Derecho penal debe utilizarse solo en casos extraordinariamente graves (carácter fragmentario del Derecho penal) y sólo cuando no haya más remedio por haber fracasado ya otros mecanismos de protección menos gravosos para la persona (naturaleza subsidiaria).

Principio de la proporcionalidad
Según el principio de proporcionalidad, la gravedad de la pena o de la medida de seguridad debe corresponderse con la gravedad del hecho cometido o con la peligrosidad del sujeto respectivamente.

Principio del debido proceso
Según este principio toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tiende a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, y a permitirle tener oportunidad de ser oído y hacer valer sus pretensiones frente al juez.

Respeto a la dignidad humana.
En el proceso penal toda persona debe ser tratada con el debido respeto a la dignidad inherente al ser humano, con protección de los derechos que de ella derivan; y podrá exigir a la autoridad estar acompañado de su abogado de confianza.

Principio de resocialización de las penas
Se refiere a una exigencia democrática en la que ha de ser posible la participación de todos los ciudadanos en la vida social. Por lo que el Derecho penal ha de evitar la marginación indebida del condenado a una pena o del sometido a una medida de seguridad.
Ello hace preferible que las penas y las medidas de seguridad no entrañen separación de la sociedad. En caso de que la privación de libertad sea inevitable, habrá que evitar en lo posible sus efectos desocializadores. Así, debe entenderse el principio de resocialización en un estado democrático como un intento de ampliar las posibilidades de participación en la vida social. (Art, 272 CN)

Límites de la asamblea nacional al momento de producir ley en un Estado social, democrático de derecho y de justicia.

Principio de legalidad
Según este principio, no hay delito y no hay pena, sin una ley previa que lo establezca, es decir, para que una conducta sea calificada como delito, debe estar establecida como tal y con anterioridad a la realización de esa conducta. (Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege)

Goce de los Derechos humanos
Toda persona tiene derecho a los derechos humanos. Siendo inherentes a la vida humana, para ejercerlos libremente y en igualdad plena. Por lo tanto, ninguna creencia, ideología o régimen de cualquier clase, ni tampoco la condición social, económica, sexual, educativa, de salud, étnica, política o de cualquier otra índole puede constituirse en la disminución o menoscabo de la dignidad de una persona o de su goce pleno a una vida digna en toda su integridad.

Principio de la favorabilidad de la pena
Consiste en aplicar una norma “más benigna” para quienes tengan sentencia, pese a que esta haya sido aprobada con posterioridad.

Principio de personalidad
Según este principio no se puede castigar a alguien por un delito ajeno.

Divisiones del derecho penal

El derecho penal objetivo y subjetivo

El Derecho Penal en Sentido Objetivo: Es el conjunto de normas jurídicas establecidas por el Estado; determinan los Delitos y las penas con que aquellos son sancionados.

Derecho Penal en Sentido Subjetivo: Es el derecho de castigar (Ius Puniendi), Esta referido al Estado como órgano que dicta la norma; la facultad que tiene el Estado para dictar leyes penales.

El derecho penal general y especial

El Derecho Penal general: Es el que se ocupa de la estructura de la norma penal, los principios que las inspiran, la teoría general del delito, dentro de éste se encuentra la aplicación de la ley penal, principios de territorialidad, irretroactividad, principios, las prisiones y reclusiones, las causas de imputabilidad.

El derecho penal especial: Es el que se ocupa de las infracciones delictivas en particular (homicidios, violaciones, hurtos, etc.)

El derecho penal sustantivo y adjetivo 

El Derecho Penal Sustantivo: Es el conjunto de normas que determinan los comportamientos punibles y las respectivas sanciones.

El Derecho Penal Adjetivo: Es el conjunto de normas jurídicas que establecen las formas o el procedimiento de aplicación del derecho sustantivo.

El derecho penal codificado y descodificado

El Derecho Penal codificado: Es el que encuentra regulado en nuestro código penal.

El Derecho Penal descodificado: Son todas aquellas leyes de carácter penal que se encuentran dispersas


Comentarios