Razón de ser
El
Derecho penal tiene su razón de ser en un Estado social porque es el sistema
que garantiza la protección de la sociedad a través del resguardo de sus bienes
jurídicos de gran importancia para el sistema social, además de que busca
garantizar la paz a través de la
motivación del individuo por medio de la amenaza de la pena.
Dos tendencias de hoy
Derecho penal mínimo
El
Derecho Penal debe ser la última ratio de la política social del Estado para la
protección de los bienes jurídicos más importantes frente a los ataques más
graves que puedan sufrir. La intervención del Derecho Penal en la vida social
debe reducirse a lo mínimo posible (minimización de la respuesta jurídica
violenta frente al delito).
El abolicionismo
El
abolicionismo es una doctrina que ampara la anulación de leyes, preceptos o
costumbres que se consideran atentatorios a principios éticos y morales.
Plantea
como premisa básica el fracaso de la cárcel y cada una de las herramientas del
sistema penal a la hora de resolver y/o regular exitosa-mente los conflictos
sociales. Dicho en otros términos, para el abolicionismo penal el sistema penal
nunca resolvió una controversia, su puesta en marcha no genera ninguna
consecuencia positiva.
La dispersión de las leyes penales
Esta
se refiere a la excesiva promulgación de leyes de contenido punitivo, las
cuales viene a incrementar los espacios de intervención del derecho penal,
siendo esto evidentemente contrario a la deseable reducción de la intervención
punitiva en las relaciones sociales, por sus consecuencias perjudiciales y su
naturaleza violenta.
En
el ordenamiento jurídico venezolano no resulta difícil encontrar dicha
dispersión, razón por la cual es posible verificar la existencia de una gran
cantidad del leyes especiales que tipifican delitos y establecen la aplicación
de la pena en relación con las más variadas materias, (Ejemplo, Ley contra
delitos informáticos, ley penal del ambiente, ley contra la corrupción,
lopnna), por lo que es fácil encontrar en casi cualquier ley contiene un
capitulo relativos a los delitos y las penas.
La
dispersión de las leyes penales en definitiva es un fenómeno indeseable, ya que
refleja al derecho penal no como última opción, sino por el contrario como la
primera opción a la que debe acudirse
para afrontar un determinado problema, por lo que es sin duda alguna un
fenómeno que contribuye al establecimiento de un derecho penal máximo.
Derecho penal del enemigo
Este
hace referencia a un orden penal cuyos ciertos medidas difieren
ciertamente del derecho penal
tradicional, El DPE es aplicable solamente en el caso de la comisión de
crímenes por parte de enemigos de la sociedad especialmente en los supuestos de
terrorismo, de manera que en tales casos se seguirán pautas distintas a las que
definen al derecho penal (Principio de legalidad, principio de culpabilidad,
proporcionalidad, igualdad etc.)
La
experiencia histórica demuestra cómo los regímenes totalitarios etiquetan y
estigmatizan precisamente como “enemigos” a los disconformes y a los
discrepantes, y cómo aquéllos dictan leyes penales que, sin contenido alguno de
justicia, establecen más bien dispositivos y mecanismos de “guerra” contra los
etiquetados como enemigos. Así, con el Derecho penal del enemigo nos
remontaríamos al Derecho Penal de los regímenes totalitarios de guerra y
dictadura.
Función del derecho penal en un Estado social
y democrático de derecho y de justicia
En
un Estado de estado social y democrático de derecho y de justicia es
indispensable el control constitucional de sus leyes, el imperio de la ley como
expresión de la voluntad general, la independencia de los poderes públicos, la
legalidad de los actos de la administración como mecanismo jurídico anti
totalitario y su control judicial, la garantía de las libertades públicas y los
derechos fundamentales.
El control
del poder punitivo del Estado en cualquier sociedad debe encaminarse a que la
aplicación de las normas penales excluya la arbitrariedad y el exceso por parte
de quienes ejercen ese poder para imponer sanciones penales. El derecho penal,
como conjunto de normas jurídicas, refleja qué es lo que la voluntad general
expresada en ley quiere castigar. El derecho del Estado para imponer penas debe
tener unos límites con el fin de garantizar los derechos fundamentales del
individuo frente al poder arbitrario estatal.
El
derecho penal debe orientar su función preventiva de la pena con arreglo a los
principios de exclusiva protección de bienes jurídicos, de proporcionalidad y
de culpabilidad; en otras palabras, el bien jurídico debe ser límite del Ius
Puniendi.
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