El
Derecho Mercantil: es una rama del Derecho Privado que
comprende conjuntos de normas jurídicas y tiene por objeto regular relaciones
entre los comerciantes y entre aquellas personas que sin ser comerciantes
ejecutan actos de comercio.
Características
Universalidad: se
considera que el derecho mercantil tiene como característica la de ser
universal debido a que el tráfico comercial es un fenómeno universal, y que a
su vez conlleva a que sea también internacional.
Carácter
Consuetudinario: se refiere a que el derecho mercantil se
basa en la costumbre de los comerciantes.
Celeridad: se
basa en la rapidez de los actos comerciales.
Seguridad: el
derecho mercantil ha creado un conjunto de normas que ha permitido que
comerciantes o no tengan la seguridad jurídica en todas las operaciones
comerciales que celebran.
Crédito: es
sinónimo de confianza es considerado característica del derecho mercantil
porque es la base de los negocios y el comerciantes, ya que esta confianza la
adquiere un comerciante cuando cumple con sus obligaciones, con lo cual se
construye un nuevo camino que le abre nuevas rutas para continuar con su
carrera progresista.
La
valoración de equidad: es imprescindible mencionar que la
buena fe que exista entre las partes contratantes es considerada como un
elemento decisivo en las actividades comerciales.
Autonomía
del Derecho mercantil
El derecho mercantil es una
ciencia autónoma por cuanto tiene su propio orden normativo, su jurisprudencia,
su doctrina y su propio método didáctico.
El sistema normativo está
representado por el Código de Comercio y demás leyes especiales de naturaleza
comercial que se dictan en la medida en que el desarrollo comercial así lo
exige. Este sistema se elabora y se interpreta con base en un método que le es
propio. Como sistema para la elaboración de normas, se requiere el concurso y
participación no solo del jurista, sino también del comerciante o personas
vinculadas al comercio para que aporten sus conocimientos obtenidos basados en
la experiencia.
El derecho mercantil tiene
su propia doctrina elaborada a traves del tiempo, mediante el análisis o la
interpretación de las instituciones mercantiles por parte de aquellas personas
que se han dedicado su estudio y de los cuan han obtenido conclusiones y en virtud
de ellas se han propuestos nuevas soluciones a los diversos problemas que se
han presentado en el desarrollo del tiempo.
El derecho mercantil tiene
su propia jurisprudencia, elaborada por las distintas sentencia dictadas por
los tribunales de justicia, atendiendo a la propia jurisdicción, la cual es
plena a los asuntos que la ley somete a su competencia, conoce de todas las
incidencias que pueden ocurrir en el curso de una causa.
El derecho mercantil tiene
su propio método didáctico, representado por los conocimientos impartidos en
las cátedras universitarias, mediante los cual se trata de dar una orientación
definitiva del derecho mercantil.
Relación
del Derecho Mercantil con otras ciencias
Derecho
penal, el derecho mercantil se relaciona con el derecho penal,
porque mediante su código, establece pena pata todos los delitos que se
comentan en el ejercicio de determinadas actividades comerciales, ej. Emisión
de cheque sin fondos, las quiebras culpables y fraudulentas, atraso, etc.
Derecho
Civil: El Derecho Civil está vinculado con el Derecho
Mercantil, porque cuando el Código de Comercio tenga cualquier laguna o vació
legal, el Código Civil suplirá las lagunas del Código de Comercio.
Derecho
Procesal: Con el Derecho Procesal existe un nexo, porque todos los
procedimientos que no estén en el Código de Comercio, se regularán por el
Código de Procedimiento Civil.
Derecho
Administrativo: El Derecho Administrativo está vinculado con
el derecho Mercantil desde el punto de vista de las fiscalizaciones. El Estado
establece ciertos requisitos que se debe cumplir al momento de constituir una
compañía.
Derecho
Financiero: Con el Derecho Financiero existe una
relación estrecha, ya que el Estado le da tratamiento fiscal a las actividades
y empresas comerciales a través del SENIAT. Esto es realizado a través de los
instrumentos contables, donde le va permitir al Estado regular una justa tasa
de impuesto.
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