¿Qué es la Corte Penal
Internacional?
La Corte Penal Internacional
(CPI) es la primera Corte permanente, independiente, con la capacidad de
investigar y llevar ante la justicia a quienes cometan las violaciones más
graves en contra del derecho internacional humanitario, a saber crímenes de
guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio. La Corte tiene sede en La Haya,
Países Bajos y fue establecida en acuerdo con el Estatuto de Roma, el tratado
fundacional de la CPI, el 1 de julio de 2002. A la fecha, el Estatuto de la CPI
ha sido ratificado por 121 Estados, representando a cada región del mundo
¿Por qué es necesaria la
Corte Penal internacional?
Durante el último siglo,
hemos sido testigos de la peor violencia en la historia de la humanidad. Sólo
en los últimos 50 años, más de 250 conflictos han entrado en erupción en todo
el mundo y más de 86 millones de civiles, sobre todo mujeres y niños, han muerto
en estos conflictos. La mayor parte de estas víctimas han sido olvidadas y sólo
un puñado de perpetradores ha respondido ante la justicia. Las Naciones Unidas,
por medio de su Asamblea General, reconoció la necesidad de un mecanismo
permanente para procesar a asesinos y criminales de guerra en 1948, siguiendo
los juicios de Nuremberg y de Tokio, celebrados luego de la finalización de la
Segunda Guerra Mundial. Desde entonces, las leyes, los tratados, las
convenciones y los protocolos han definido y prohibido desde los crímenes de
guerra, hasta el uso de gas tóxico y armas químicas, pero ninguno instauró un
sistema que contemple a los individuos responsables penales de las violaciones
más serias del derecho internacional, sino hasta la adopción del Estatuto de
Roma de la Corte Penal Internacional en 1998. Además de otorgar justicia a las
víctimas de tales atrocidades, la CPI sirve para que los eventuales Hitlers,
Milosevics, y Pol Pots, tengan claro que sus graves crímenes nunca más quedarán
impunes.
¿En qué se diferencia la CPI
de la Corte Internacional de Justicia y de los tribunales Ad hoc para la
antigua Yugoslavia y Ruanda?
La Corte Internacional de
Justicia (CIJ), el órgano judicial principal de las Naciones Unidas, fue
diseñada para tratar conflictos entre Estados. No tiene ninguna jurisdicción ni
competencia para tratar cuestiones que impliquen responsabilidad penal
individual. Los dos tribunales Ad hoc para la antigua Yugoslavia y Ruanda
difieren de la Corte Penal Internacional en su jurisdicción geográfica y su
alcance temporal. Ambos tribunales Ad hoc fueron creados por medio de
resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU y tienen el mandato de intervenir
solamente en los crímenes cometidos en esas regiones durante períodos de tiempo
específicos. En cambio, la Corte Penal Internacional (CPI) es una institución
permanente e independiente, capaz de investigar y enjuiciar los crímenes
identificados en el Estatuto de Roma que hayan sido cometidos por individuos a
partir del 1 de julio de 2002.
¿Cuáles son los crímenes de la CPI?
La competencia de la Corte
se limita a crímenes graves de gran trascendencia para la comunidad internacional
en su conjunto. La CPI tiene competencia, de conformidad con el Estatuto de
Roma, respecto de los siguientes crímenes: genocidio, crímenes de lesa
humanidad, crímenes de guerra. Asimismo, durante la Conferencia de Revisión
celebrada en Kampala a mediados del 2010 se logró adoptar una definición para
el crimen de agresión. Sin embargo, la CPI no podrá ejercer su jurisdicción
sobre el crimen de agresión hasta que (1) al menos 30 Estados Partes hayan
ratificado o aceptado las enmiendas y (2) dos tercios de los Estados Partes
hayan tomado una decisión para activar la jurisdicción en cualquier momento
después del 1º de enero de 2017.
¿Qué es el genocidio?
La definición de genocidio
enumera los actos prohibidos específicamente mencionados (por ejemplo: matanza,
lesión grave) perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a
un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal.
¿Qué es un crimen de lesa
humanidad?
¿Qué es un crimen de
guerra?
La Corte tiene competencia
respecto de los crímenes de guerra en particular cuando se cometan como parte
de un plan o política o como parte de la comisión en gran escala de tales
crímenes. El Estatuto entiende por "crímenes de guerra" a las infracciones
graves de los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949, a saber, cualquiera
de los siguientes actos contra personas o bienes protegidos por las
disposiciones del Convenio de Ginebra pertinente y otras violaciones graves de
las leyes y usos aplicables en los conflictos armados internacionales dentro
del marco establecido de derecho internacional.
¿Pueden los crímenes de
guerra ser cometidos en conflictos internos?
La definición adoptada por
el Estatuto de Roma incluye también a los actos cometidos en conflictos armados
que no son de índole internacional, pero no se aplica a situaciones de
tensiones internas y de disturbios internos, tales como los motines, los actos
esporádicos y aislados de violencia u otros actos análogos. Esta innovación
surge de la costumbre internacional y refleja la realidad de lo sucedido en los
últimos 50 años, dado que las violaciones a los derechos humanos más serias han
ocurrido dentro de Estados y no en conflictos armados internacionales.
¿De dónde surgen las
definiciones adoptadas por el Estatuto de Roma?
Las definiciones de los
crímenes en el Estatuto son el producto de los años de trabajo que implicaron
la participación de muchas delegaciones y expertos internacionales. Las
definiciones requieren ser interpretadas al pie de la letra y, tal como en el
derecho penal, está prohibida la analogía. La idea es establecer estándares
internacionales objetivos, no dando lugar a decisiones arbitrarias. En caso de
la ambigüedad, se interpreta, tal como en el derecho penal a favor del
sospechoso o del acusado in dubio pro reo.
¿A partir de cuándo
tiene jurisdicción la CPI sobre crímenes?
Desde la entrada en vigor
del Estatuto de Roma el 1 de julio de 2002, la CPI tiene jurisdicción sobre:
a) Los crímenes cometidos
por ciudadanos de Estados que han ratificado el Estatuto de Roma;
b) Los crímenes cometidos en
el territorio de los Estados que han ratificado el tratado.
A los Estados que han
ratificado el Estatuto de Roma se les denomina Estados Parte.
¿Puede la CPI juzgar crímenes
del pasado?
La jurisdicción de la CPI no
le permite ahondar en crímenes perpetrados antes de la entrada en vigor del
Estatuto, el 1 de julio de 2002. (Principio de irretroactividad de la ley penal) Es decir, la jurisdicción de la CPI no es
retroactiva. La mera existencia de la CPI obra de impedimento para los
eventuales perpetradores de genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa
humanidad, enviando así una fuerte señal de que este tipo de actos no quedarán
impunes.
¿Quién puede remitir un
caso a la CPI?
Los crímenes pueden ser
remitidos a la Corte por un Estado Parte, por el Fiscal, o por el Consejo de
Seguridad de la ONU.
La Corte puede entonces
ejercer su jurisdicción sobre la materia si el Estado en cuyo territorio el
crimen fue cometido, o el Estado de la nacionalidad del acusado, es Parte del
Estatuto. Los Estados No Parte pueden aceptar la competencia de la Corte sobre
una base Ad hoc. Cuando una situación es remitida por el Consejo de Seguridad,
la Corte tendrá jurisdicción sin importar si el Estado en cuestión es o no
parte del Estatuto de la CPI.
¿Puede un ciudadano de
un país que no sea parte del Estatuto de Roma ser procesado?
Sí, los ciudadanos de
cualquier país pueden ser pasibles de investigación por parte de la CPI si se
dan algunas de las condiciones siguientes:
1) El país en donde se
presuntamente se perpetraron los crímenes es Parte del tratado de la CPI;
2) El
país aceptó la competencia de la CPI sobre una base Ad hoc;
3) El Consejo de
Seguridad de la ONU remitió la situación a la Corte.
Sin embargo, bajo el
principio de complementariedad, la Corte actuará solamente si la Corte nacional
del acusado no inicia investigaciones y ni el procesamiento, si procede.
¿Pueden los altos
funcionarios de gobierno o los comandantes militares ser procesados por la CPI?
Sí. La responsabilidad penal
individual se aplica igualmente a todas las personas sin la distinción si él o
ella es un Jefe de Estado o Gobierno, un funcionario de gobierno o
parlamentario,
¿Rige la obediencia
debida?
El hecho de que un crimen
haya sido cometido por una persona bajo las órdenes de un superior no relevará
normalmente a esa persona de responsabilidad criminal. Un comandante militar
puede ser detenido por ser el responsable penal de los crímenes cometidos por
las fuerzas bajo su comando y control. La responsabilidad criminal puede
también presentarse cuando un comandante militar sabía o debía haber sabido que
las fuerzas cometían tales crímenes, pero sin embargo no previno ni reprimió su
comisión
¿El hecho de que la CPI
tenga la capacidad de juzgar a miembros de las fuerzas armadas nacionales así
como a miembros de misiones internacionales de mantenimiento de paz constituye
en sí una violación al Derecho Internacional?
Según las normas vigentes
del derecho internacional, todo Estado en cuyo territorio se haya presuntamente
cometido el crimen de genocidio, los crímenes de guerra o crímenes de lesa
humanidad, o cuyos nacionales son autores de tales crímenes, tienen, según el
principio de soberanía estatal, el derecho, y en efecto, en algunos casos la
obligación legal de investigar y procesar a las personas acusadas de cometer
tales crímenes.
El Estatuto de la CPI no
viola ningún principio del Derecho de los Tratados, pues según el principio de
pacta sunt servanda¸ consagrado en el artículo 26 de la Convención de Viena
sobre el Derecho de los Tratados, “todo tratado en vigor obliga a las partes y
debe ser cumplido por ellas de buena fe”. Ello guarda una intrínseca relación
con la obligación de los Estados Partes de Cooperar con la Corte, establecido
en la Parte 9 del Estatuto de Roma.
En lo que se refiere a los
Estados que no son parte del Estatuto, la cooperación de un Estado no Parte es
puramente voluntaria y no se impone ninguna obligación legal ante un Estado no
Parte. Ello se condice con el principio general del Derecho de los Tratados,
pacta tertiis nec nocent prosunt (“Un tratado no crea obligaciones ni derechos
para un tercer Estado sin su consentimiento”), consagrado en el artículo 34 de
la Convención de Viena sobre el Derechos de los Tratados).
El Estatuto de la CPI prevé
la protección especial de fuerzas de paz, incluyendo la investigación por
ataques intencionales contra personales, instalaciones, unidades materiales o
vehículos implicados en ayuda humanitaria o misiones pacificadoras. Tales
violaciones constituyen crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad bajo
ciertas circunstancias. El Estatuto no afecta de otra manera los arreglos
existentes con respecto a misiones de paz de la ONU puesto que los países que
contribuyen con tropas conservan la jurisdicción criminal sobre los miembros de
tales misiones. No obstante, los miembros de las Fuerzas de Paz que son
nacionales de un Estado Parte del Estatuto podrán estar sujetso eventualmente a
la jurisdicción de la Corte (en el supuesto que llegaran a cometer un crimen
bajo la competencia de la Corte) en estricta observancia del principio de
complementariedad.
¿De dónde proviene el
financiamiento de la CPI? ¿Cuánto tiene que contribuir un Estado para ser una
parte de la Corte?
La Corte es un órgano
independiente financiado por sus Estados Parte. Las Naciones Unidas pueden
proporcionar fondos para la CPI, pero esto ocurrirá solamente cuando el Consejo
de Seguridad somete una situación a la Corte. Los Estados Parte de la Corte son
responsables de determinar y de contribuir al presupuesto. Las cantidades para
cada Estado Parte se calculan sobre una base proporcional similar a la del
sistema de la ONU, la cual toma en consideración factores tales como PBI. Sin
embargo, existen otros indicadores que son tomados en cuenta para determinar
las contribuciones presupuestarias de los Estados.
¿Infringe la Corte Penal
Internacional la jurisdicción de las Cortes locales?
No. La Corte Penal
Internacional complementará, no reemplazará, la jurisdicción de las Cortes
nacionales. Las Cortes nacionales continuarán teniendo prioridad en la
investigación y crímenes de procesamiento dentro de su jurisdicción. De acuerdo
con el principio de complementariedad, la CPI actuará solamente cuando las
Cortes nacionales sean incapaces o no estén dispuestas a ejercer su
jurisdicción. Si una Corte nacional puede y está dispuesta a ejercer su
jurisdicción, la CPI no puede intervenir y ninguno de los nacionales de ese
Estado puede ser llevado ante la Corte Penal Internacional. Los argumentos para
admitir un caso a la Corte se especifican en el Estatuto y las circunstancias
se definen cuidadosamente para evitar decisiones arbitrarias. Además, los
Estados de los acusados e interesados, si son parte del Estatuto o no, pueden
cuestionar la jurisdicción de la Corte o de la admisibilidad del caso. También
tienen el derecho de apelar cualquier decisión relacionada. Por lo tanto, la
Corte también sirve como catalizadora para los Estados que investigan y
realizan el procesamiento de crímenes cometidos dentro de sus territorios o por
sus nacionales.
¿Puede un Estado Parte
someter un caso a la CPI antes de agotar todos los remedios locales?
La Corte
Penal Internacional no es una Corte de los derechos humanos como la Corte
Interamericana de los Derechos Humanos o la Corte Europea de Derechos Humanos.
Si un Estado Parte de la Corte elige remitir una situación ante la CPI, será
solamente posible para las violaciones más graves; a saber genocidio, crímenes
de lesa humanidad y crímenes de guerra. La CPI puede iniciar solamente
investigaciones en situaciones si un Estado no puede o no está dispuesto a
investigar. Este principio se llama “complementariedad” de acuerdo con el
Estatuto de Roma. El sistema de la complementariedad se explica en el Estatuto
de Roma.
El artículo 17 (2) del
Estatuto de Roma establece cuales son las circunstancias en las cuales la Corte
admite o no, casos o situaciones.
¿Cuán fuerte fue el
apoyo de los Estados para la creación de la Corte Penal internacional? Ciento
sesenta Estados participaron en la Conferencia Diplomática de Naciones Unidas
(llevada a cabo en Roma del 15 de junio al 17 de julio de 1998), que conllevó a
la adopción del Estatuto de Roma.
¿Procesará la CPI
crímenes de naturaleza sexual?
Sí. El Estatuto incluye
crímenes de la violencia sexual tales como violación, la esclavitud sexual, la
prostitución forzada y del embarazo forzado como crímenes contra humanidad
cuando están cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido
contra una población civil. También se consideran crímenes de guerra cuando
están cometidos en conflicto armado internacional o interno. En Ruanda y la
antigua Yugoslavia, la violación y la violencia basada en el género eran
ampliamente utilizadas como armas para infligir terror y para humillar y para
degradar a las mujeres de un grupo étnico particular, así como a la comunidad
entera a la cual pertenecían. En casos de procesamiento por violación y por
otras violaciones basadas en el género, los tribunales Ad hoc indicaron que en
varias oportunidades, las víctimas tenían miedo de presentarse con sus
historias e incluso a ser discriminados durante el proceso.
¿Cómo tratará la CPI las
necesidades de víctimas y de testigos?
Para ayudar a víctimas y a
testigos a hacer frente al proceso judicial, la Corte Penal Internacional han
creado una Unidad de Víctimas y Testigos dentro de la Secretaría, para
proporcionar asistencia por medio de medidas protectoras, asesoramiento y
seguridad para los testigos y las víctimas.. La Corte debe también tomar
medidas apropiadas para proteger el aislamiento, la dignidad, el bienestar
físico y psicológico y la seguridad de víctimas y de testigos, especialmente
cuando los crímenes implican violencia sexual o del género.
¿Tendrán las víctimas
derecho a reparación?
La CPI ha establecido un
Fondo Fiduciario de víctimas para proporcionar reparaciones a las víctimas y a
sus familias, incluyendo la restitución, la indemnización y la rehabilitación.
La Corte podrá determinar en su decisión el alcance y la magnitud de los daños,
pérdidas o perjuicios causados a las víctimas, y ordenar a una persona
condenada hacer la reparación específica. Los recursos del Fondo pueden incluir
dinero y otros bienes recogidos a través de multas y decomisos. Se alienta a
los Estados y a los individuos a contribuir con el Fondo Fiduciario de las
víctimas, el primer mecanismo de las reparaciones establecido en una Corte
Internacional.
¿Qué pena puede imponer
la CPI? ¿Puede imponer la pena de muerte?
La Corte Penal Internacional
no puede imponer la pena de muerte. La Corte puede imponer períodos de
encarcelamiento muy prolongado, de hasta 30 años, o la cadena perpetua cuando
se justifica por la gravedad del caso. La Corte puede, además, imponer multas,
decomisos, entre otras medidas.
http://www.iccnow.org
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